La forma en que las personas naturales o jurídicas nos relacionamos es estableciendo VINCULOS.
A su vez, las “OBLIGACIONES” son VÍNCULOS JURÍDICOS nacidos de un hecho o acto condicionante descrito por la norma jurídica, que nos convierten en “ACREEDORES” o en “DEUDORES”.
Y existe acuerdo en que las fuentes de las obligaciones son: el CONTRATO, EL CUASICONTRATO, EL DELITO, EL CUASIDELITO Y LA LEY.
Conocidas estas premisas, es natural prever conflictos de intereses, los cuales, se han de abordar en sede JURISDICCIONAL o ADMINISTRATIVA.
En cualquier circunstancia, ponemos nuestra experiencia a vuestra disposición. Acepte un consejo informado, prudente, pertinente, maduro.
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