En el ámbito jurídico chileno, la prisión preventiva genera debates profundos sobre su aplicación y compatibilidad con el principio de presunción de inocencia. Con un 36% de la población penal en prisión preventiva, surgen cuestionamientos sobre si esta medida es efectivamente de última ratio o se está aplicando como regla general en casos donde otras medidas cautelares podrían ser suficientes.
Prisión Preventiva y su Marco Legal en Chile
La prisión preventiva, regulada en el artículo 139 del Código Procesal Penal, establece que esta medida solo debe proceder cuando las demás alternativas cautelares sean insuficientes para garantizar las finalidades del proceso o la seguridad de la sociedad. Sin embargo, las estadísticas indican que una proporción significativa de personas privadas de libertad en Chile están bajo esta medida, principalmente en casos de delitos graves, lo que ha generado críticas sobre su proporcionalidad.
Factores Determinantes en la Aplicación
La Tensión entre Presunción de Inocencia y Seguridad
El principal desafío radica en equilibrar la presunción de inocencia, un derecho fundamental reconocido en tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y la necesidad de proteger bienes jurídicos como la seguridad pública. En Chile, la Corte Suprema ha enfatizado la importancia de que las decisiones de prisión preventiva estén debidamente fundamentadas, lo que no siempre ocurre, generando amparos por actuaciones ilegales.
Lecciones de Otros Países
Oportunidades de Mejora en Chile
Mi opinión:
El debate sobre la prisión preventiva en Chile refleja tensiones fundamentales entre derechos individuales y necesidades de seguridad pública. Avanzar hacia una aplicación equilibrada y ajustada al principio de proporcionalidad no solo fortalecerá la confianza en el sistema judicial, sino que también garantizará una mayor protección de los derechos humanos.
Con la madures cívica respectiva, Chile podría implementar un sistema similar al alemán, donde los jueces cuenten con un rango más amplio de medidas cautelares menos invasivas, acompañado de un monitoreo eficaz y eficiente. Además, fortalecer la colaboración con instituciones académicas para desarrollar estudios sobre el impacto de la prisión preventiva y promover políticas basadas en evidencia.
Claudio Alarcón Arriagada
Abogado/Ingeniero/Auditor
Gerente General de Consultora Legal